miércoles, enero 20, 2010

EL DESALOJO DE SAN JOSE OBRERO

El desalojo de San José Obrero.
Cronología y acción judicial.
Por Andrea Palomas-Alarcón.

Todo comenzó con un berrinche de D.M. “me quiero ir al cielo”. El niño de ocho años acudía a la escuela "Instituto Santa Teresa de los Andes" y su maestra, la licenciada Constanza Biondi, solía llevarlo a su casa los fines de semana:
-“te portaste mal, ahora no te llevo nada”, lo retó.
-“entonces me quiero ir al cielo” dijo el niño, simulando colgarse desde la nada, del aire, con un cable.
Este incidente, que ocurrió el 2 de septiembre de 2008 dentro de la escuela, dio origen a la barbarie que todos conocimos, el desalojo violento de alrededor de treinta niños que vivían en el Hogar San José Obrero de la Fundación Felices los Niños en el barrio de Chacarita.
La escuela no le pertenecía al Hogar ni a la Fundación Felices los Niños puesto que, por problemas económicos, la Fundación debió cederla al Arzobispado de la Ciudad de Buenos Aires. Irónicamente, fue el Arzobispado en la persona del Padre Horacio Benites Astoul, el que realizó la denuncia por un incidente que ocurrió dentro de la escuela que ellos mismos dirigían.
Esta increíble denuncia, fue realizada ante el Asesor de Menores e Incapaces de turno Nº 4, Marcelo Jalil recién el 26 de septiembre, quién a su vez, solicitó medidas protectorias para el niño ante el juzgado (también de turno), el Nº 106 a cargo de la Dra. Myriam Rustan de Estrada.
El derecho ha evolucionado a lo largo de la historia, destilando algunos principios legales universales; uno de ellos es el que proclama que nadie puede ser sacado de sus jueces naturales. Nadie puede elegir el juez que más le conviene, ni ser sacado de su jurisdicción; por ello, al iniciarse una demanda, el juez que va a entender junto con el asesor de menores y el fiscal, son elegidos por sorteo. No ocurre lo mismo con las medidas cautelares; no se sortea Juez ni Asesor, se actúa con el que está “de turno” sólo por acelerar el trámite. Luego de que se protege el bien o la persona en peligro, La Cámara de Apelaciones realiza un sorteo del que surge el “Juez Natural”, al que se le envían las actuaciones.
El desalojo de San José Obrero fue una medida cautelar, la “protección especial” del niño D.M. En otras palabras, es muy probable que tanto el asesor de menores como el Juez de este proceso hayan sido “elegidos” con la simple acción de denunciar cuando estaban de turno. Esta práctica es conocida como “Forum Shopping”, una de las lagunas de derecho que tiene nuestro ordenamiento legal.
Es muy probable que haya ocurrido de esta forma mas no podemos asegurarlo porque ningún abogado de Felices los Niños tuvo acceso al expediente. Tampoco abogados de algunos de los niños o de los padres de los niños hemos tenido permiso para compulsar las actuaciones. Las actuaciones fueron secuestradas, escondidas, celosamente resguardadas de todo aquel que pretendiera defender al Hogar San José Obrero o a sus niños.
Sólo la Sra. Juez Rustan de Estrada, el Defensor de Menores Marcelo Jalil y las autoridades del Consejo de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires tuvieron acceso al expediente. Ellos y el periodismo, cuidadosamente escogido entre los integrantes del grupo Clarín y sus satélites.
Prueba de ello, (hay muchas, ésta es la más fácil de verificar) remito al sitio de Internet:
http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-125037-2009-05-16.html
En esta dirección, un artículo de Página 12 publica textualmente un párrafo de tres de mis escritos judiciales. El pasaje del artículo no es parecido ni aproximado, es TEXTUAL:
Solicito con el mayor respeto que me merece que tenga a bien poner sucesivamente a disposición mía y de mi letrada el expediente que me concierne y que hace posible la defensa de mis derechos, tomando como base la Convención de los Derechos del Niño, ley 26.061, y aquellas conexas”.
Estos escritos, que presenté en el expediente de Protección Especial de D.M. habían sido originalmente elaborados por una abogada que trabajaba para el Consejo del Niño, Niña y Adolescente, asqueada por el maltrato que sufrían los niños y llegó a mí ya firmado por tres niños mayores de dieciséis años. Esa abogada, por conflicto de intereses, no podía presentar ante el juzgado con su firma los escritos, lo que yo hice en su lugar.
El artículo de Página 12 critica la excesiva formalidad de lo que denomina “corrección jurídica...más propio de un letrado patrocinante que del sincero testimonio de un chico”. Se busca insinuar con esta crítica, que no son los niños los que hablan sino adultos que los manipulan. La corrección jurídica corresponde a las solemnidades que ordena la ley para un escrito judicial; no es una cartita elaborada por un niño ni nunca pretendió serlo.
Como éste, hay muchos ejemplos del acceso de la prensa al expediente, lo que los abogados teníamos vedado.
Luego de la denuncia del Arzobispo Benites Astoul, la Juez inició esta causa de “Protección especial” en la que ordenó la intervención del Hogar mediante el Consejo de los derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes. Fue una intervención “informativa”, el personal del “Consejo” observaba el Hogar y a los niños las 24 hs. del día. Comían, dormían, vivían en el Hogar. Observaban todo y realizaban informes.
Fue una etapa de invasión, los niños se sentían molestos, asustados. Les realizaron evaluaciones psicológicas y físicas denigrantes e invasivas. Se buscaba poder probar abusos sexuales sobre los niños, abusos que no existían y el expediente prueba que no existían, por ello se lo mantuvo escondido.
En el único caso cercano a un abuso sexual que alguna vez existió en San José Obrero, el mismo Hogar hizo la denuncia ante el juez natural del niño autor del pseudoabuso. Cuando la Juez Rustan de Estrada ordenó la intervención del Hogar, secuestró los legajos de los niños y tomó conocimiento de este hecho.
Emocionada por probar la teoría de los abusos sexuales dentro del Hogar, realizó la denuncia penal contra el niño D.E.B, que el Juzgado Penal de Menores Nº6 rechazó, devolviendo la competencia a la justicia civil. Esto lo podemos comprobar en la sentencia del Consejo de la Magistratura, exp. Nº 682/09 (publicada en Causagrassi) “...La misma consta a fs. 1 de una comunicación de la Dra. Adriana L. Leiras, Juez Nacional de Menores, a cargo del Juzgado N° 6, en relación al expediente N° 16.048 seguido al menor D. E. B., alojado en el hogar de cita, con el fin de poner de manifiesto que dicho Tribunal a su cargo, resolvió cesar la disposición preventiva respecto del menor de referencia, quedando el mismo a exclusiva disposición de la Jueza citada en el expediente N° 84.111/2008, que tramita ante el Juzgado a su cargo”.
Que el Juez Penal de Menores devuelva la competencia a la Justicia Civil significa que no existe delito que perseguir. Una decepción para los mentores de la teoría de los abusos sexuales en San José Obrero.
Como fuera, la actuación del Hogar había sido impecable, ante una situación ambigua, notificó al Juez natural del niño para que éste evaluara qué hacer. Si hubiera sido necesaria la intervención de un Juez Penal de Menores, el Juez del niño debió hacer la denuncia pero no fue necesaria, y el Juez Penal así lo entiende devolviéndole la competencia.
Durante la intervención informativa, las autoridades del Hogar corrieron detrás de cada capricho del Consejo, cada manchita en la pared era limpiada, cada canilla que goteaba reparada de inmediato, hasta se obligó a los niños a usar cubiertos de plástico, porque al Consejo le parecían más adecuados. Todo lo que quiso el Consejo se cumplió, cualquier cosa con tal de mantener abierto el Hogar pero era una batalla perdida; la suerte de San José Obrero estaba echada de antemano.
La Fundación, en su esfuerzo por mantener abierto el Hogar y a los niños juntos, se vio obligada a firmar un acuerdo injusto, discriminatorio. Todo el personal que tuviera relación con “Felices los Niños” debía ser removido. Las hermanas de la congregación de Marta y María debían ser apartadas de la conducción del Hogar. La hermana Olivia Jiménez debió dejar su cargo de directora.
Ante la aceptación de cada una de las condiciones impuestas por el “Consejo de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes” en marzo de 2009, éste recomendó cesar la intervención y devolver el Hogar a la Fundación Felices los Niños.
Un artículo del periódico Página 12 del 23 de marzo de 2009, censuró esta posibilidad, marcando la agenda política del Asesor de Menores Marcelo Jalil y de la Dra. Myriam Rustán de Estrada.
Sin tapujos, en otro artículo periodístico, Página 12 se atribuye la vuelta atrás de la medida. Sobre la Presidente del Consejo, Jéssica Malegarie, deslizó una velada amenaza de denuncia penal por incumplimiento de los deberes de funcionario público.

http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-123832-2009-04-24.html
“...Sin embargo, la devolución quedó en la nada abruptamente y Malegarie reintervino el lugar al día siguiente de que Página/12 revelara la sorprendente devolución de pollos a la madriguera. El dictamen del defensor de menores Marcelo Jalil, que utilizó la jueza para emitir su fallo, describe el escenario del San José durante la intervención como paupérrimo, se pregunta “¿cómo es posible que los burócratas del Consejo devuelvan la conducción y responsabilidad del Hogar a gente elegida por la misma Fundación?” y acusa al organismo de “falta de compromiso, ausencia de toma de decisiones (...)


Pese a haber cumplido con el acuerdo de remover al personal, ahora el cargo era que la misma Fundación Felices los Niños, elegía al nuevo personal.
El acuerdo preveía que fuera la Fundación la que eligiera al nuevo personal, nada se había objetado a ello, después de todo, seguía siendo un Hogar de la Fundación.
Utilizando esta nueva excusa, la Juez ordenó el desalojo del Hogar San José Obrero. Según su criterio, el nuevo personal no aseguraba cambios en las siguientes observaciones:
“...no existe en el hogar un registro escrito, a disposición del personal que se encuentra a cargo de los niños, de los datos de las personas autorizadas para ingresar e interactuar con los niños (madrinas, familiares, etc.); durante todo el día tanto hábiles como los fines de semana, ingresan al hogar personas sin que se identifiquen frente a los responsables del hogar; los niños que salen durante el fin de semana no son despedidos y/o recibidos por ninguno de los integrantes
del personal del hogar; no existe ningún control en relación al estado de salud tanto física como emocional en el que regresan los niños luego de la estadía con familiares; no se registra en ningún instrumento escrito, las salidas o encuentros de los niños con sus familias durante los fines de semana; no se observan actividades específicas por parte del hogar destinadas a la vinculación entre hermanos convivientes como así tampoco de los niños con sus familias; los niños no disponen de un espacio o personal destinado para ello en donde poder expresar preguntas, inquietudes, reflexiones acerca de la temática familiar.
En cuanto a manifestaciones observadas tanto en desempeños individuales como en los grupales se observa: dificultades para sostener atención en tareas y actividades lúdicas; dificultades para culminar las tareas propuestas; descuido de sus actividades diarias, múltiples discusiones entre ellos y con los adultos; inicio frecuente de peleas que incluyen agresiones físicas; manifestaciones de crueldad con animales del hogar; reiterados robos entre ellos; reiteradas amenazas
e intimidaciones como modo de relación, etc.


Muy lejos de las fábulas sobre abuso sexual que la prensa transmitió al público, como causante del desalojo.
Aun así, todos estos reproches son infundados.
Las personas en contacto con los niños eran identificados por las hermanas. Por otro lado, la revinculación se realizaba permitiendo que los hermanos vivan juntos, sin importar su género o su edad, lo que no ocurre en los establecimientos del Estado y ONG dependientes de éste. Los niños tenían su detallado historial médico, con anotación de sus visitas a pediatras y odontólogos, con registro de sus enfermedades y medicamentos prescriptos, todo ello en los legajos que el Consejo secuestró. Eran atendidos en Hospitales Públicos del Gobierno de la Ciudad y allí mismo recibían atención psicológica y/o psiquiátrica, en los casos que eran necesarios.
La Sra. Juez debe estar familiarizada con los Hogares de niños en Suecia pero no los de la Ciudad de Buenos Aires ni, menos aun, con los de la Provincia, donde los niños fuman, se drogan, se escapan, entran y salen (a veces armados) sin que sus guardadores se enteren hasta varios días después, hogares divididos por género, masculino o femenino, que aunque sea una práctica retrógrada, es más barata porque se necesita la mitad del personal. Por supuesto, sin posibilidad de que los hermanos vivan juntos, porque también se los separa, además del género, por edad y por discapacidad. Hogares donde los adolescentes van a bailar a altas horas de la madrugada y se sirven a gusto como si fuera de una caramelera, profilácticos y cigarrillos, provistos por el Estado Municipal y Provincial.
La Sra. Juez no tiene excusas para haber cerrado este Hogar por las justificaciones que recién ahora conocemos, gracias a la sentencia del Consejo de la Magistratura. Ni siquiera insinuó intentar una medida alternativa, que causara menos daño a los niños, como podía ser una intervención en la gestión o hasta un traspaso del Hogar al Estado.
Haber cerrado San José Obrero por los pretextos que acabamos de leer no sólo es una discriminación, sino que indica una falta de sensibilidad y de criterio temibles en una Juez de la Nación. Una Juez de familia.
Sin embargo ordenó su cierre el 30 de abril de 2009 y fijó para ello un plazo máximo de quince días.

DESALOJO SIN PAPELES.

Mi participación comenzó cuando la directora del Hogar, Nancy Silva, me consultó (en razón de ser yo abogada y voluntaria del Hogar) sobre los papeles que debían exhibirle a la hora llevarse a los niños. Es que comenzaron el desalojo llevándose al niño J.Z. exhibiendo una simple nota de un funcionario del “Consejo”.
A esta altura del relato, es necesario explicar que la Juez Myriam Rustan de Estrada jamás se acercó al Hogar, ni se entrevistó con los niños, ni recibió a sus abogados ni familiares. Todo el desalojo fue dirigido a control remoto, desde el despacho de la Juez.
Le expliqué a Nancy que sólo podían llevarse a los niños exhibiendo un oficio o un mandamiento firmados por la Juez o el Secretario del Juzgado, del que debían dejarle a ella el original para probarle a los jueces naturales de los niños, dónde se encontraban y porqué.
Nancy comenzó a exigirles a los representantes del Consejo estos papeles.
Llevaría otros tantos artículos, describir a los personajes del “Consejo de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes”. La mayor parte de ellos, punteros políticos que están allí, probablemente, porque llegaron tarde al reparto de cargos en el Mercado Central u otra suculenta dependencia del Gobierno de la Ciudad.
La vicepresidente del Consejo, Gladys Suárez, una abogada especializada en derecho tributario, dirigió el desalojo in situ. Nada sabe esta persona sobre niños, ni quiere aprender.
Cuando la directora, Nancy Silva, les exigió los papeles correspondientes del traslado de cada niño, nos miraron como si observaran un platillo volador. “Qué? El Hogar está cerrado, para qué tanta vuelta, ya vieron en los diarios que el Hogar se cerró” protestó Antonio Galarza, un individuo encargado del traslado de presos, que aquí transportaba niños.
Nancy se mantuvo firme, la secundé. No pertenezco a la Fundación ni al Hogar pero solicitó mi consejo y se lo di.
-“sin orden no se pueden llevar a ningún chico”.
-“Y vos quién sos?” graznó Galarza.
-“La asesora de la representante legal del Hogar”, le contesté.
-“Ah! Pero no sos la representante legal”.
-“no, soy la asesora de la representante legal”.
-“...pero no sos la representante legal”.
Un adoquín.
La vicepresidente del Consejo, Gladys Suárez, tomó la posta más diplomáticamente. -“Es una lástima que tengan esta actitud, ustedes siempre colaboraron con nosotros en todo”.
–“y este es el resultado de haber colaborado en todo, tal vez tenemos que probar otra actitud”. La tensión iba en aumento.
Sería largo describir la estéril discusión con la que nos querían convencer de entregar niños a cambio de artículos en el periódico. “Pero ustedes saben que el Hogar se cierra” decía Suárez “lo publicaron todos los medios”.
-“sin orden de la Juez no se llevan a ningún chico” porfió Nancy. Uno de los abogados de la Fundación que siguió el incidente por teléfono, el Dr. Ricardo Barrios, estuvo de acuerdo con nuestra posición.
Galarza nos amenazó con utilizar la fuerza pública.
-“Hagan lo que tengan que hacer” fue nuestra inamovible respuesta.
Tras un llamado telefónico, apareció un Oficial de Justicia con dos agentes de Policía Federal portando un mandamiento de la Juez Rustan de Estrada que ordenaba la exclusión del Hogar a la directora Nancy Silva y a mí. El cargo era por “interferencias y falta de colaboración”. Estaba fechado el día anterior.
Junto con nuestro desalojo, se ordenaba el desalojo de todo personal “no esencial” en la atención de los niños. Los chicos se quedaban sólo con un par de encargados de medio turno, el personal de limpieza, la enfermera, la cocinera y la gente del Consejo. Esto fue el 6 de mayo de 2009 en horas de la tarde. Además se establecía una orden de restricción de acercamiento a los niños contra toda persona que no perteneciera a este personal esencial o a los miembros de la intervención. No podíamos acercarnos a menos de cien metros del Hogar.
Todo esto por solicitar una orden judicial para desalojar a los niños.
Los niños de San José Obrero no son dóciles con los extraños. “Yo no me voy...esta es la casa que mi papá me construyó para mí, los que se tienen que ir son ustedes”, dijo F.E.E., golpeando tercamente el piso con el pie.
Esta gente tan ideologizada, descree de los propios enunciados que proclaman; no alcanzan a entender que los niños tienen criterio propio y que no es posible meterles en la cabeza artificialmente, ideas o afecto. Rápidamente el Consejo advirtió que no podían controlarlos sin el personal de Felices los Niños o los voluntarios. Frente al periodismo, justificaban el poco ascendiente que tenían sobre ellos en que recibirían -mediante teléfonos celulares- órdenes de rebelarse. Los celulares que tanto mortificaban al Consejo, habían sido comprados por sus familiares o por ellos mismos, en tiempos más felices y los niños los mantenían escondidos porque el Consejo pretendía quitárselos. No podían hablar abiertamente por celular sin temor a que les fueran confiscados. Difícilmente pudieran recibir órdenes o indicaciones cuanto ni siquiera podían exhibirlos.
Pero lo que el Consejo no le decía a la Juez es que sin que ella lo supiera, terminaron permitiendo el ingreso de madrinas, padrinos, educadores de Felices los Niños que ponían orden, porque a ellos los niños no les hacían caso.
Se vivieron días de zozobra durante la coexistencia del Consejo y el personal de Felices los Niños. Los primeros habían probado la violencia contra los chicos, las amenazas, y descubrieron que no surtían efecto.
“Si no se quieren ir, les damos una pastillita, los cargamos en una camioneta y los llevamos igual” les decían estos monstruos salidos de cuentos infantiles.
El personal de Felices los Niños y los voluntarios, sabían que su posición allí era volátil; tenían prohibida la entrada y el Consejo sólo los toleraba para controlar a los niños pero ante cualquier desplante, llevaban las de perder.
Con horror vieron a esos esbirros ocupar las instalaciones infantiles, fumar por todas partes, adueñarse de los espacios de los niños, hasta dormir en sus camas. Un niño fotografió a uno de ellos durmiendo en su cama. En una oportunidad, una voluntaria trajo helados a los niños y los del Consejo exigieron también su helado. Tuvo que dividir los helados de los niños para que alcanzaran para estos grandulones.
Otras presencias eran menos cándidas: existía un individuo que tenía la mala costumbre de hacerles cosquillas a las adolescentes. Los voluntarios veían con alarma esta conducta pero no podían reaccionar, habrían sido echados del Hogar como ordenó la Juez. Se limitaban a pedirles a las niñas que se alejen de él. Descubrieron que las niñas lo llamaban “el violín”. Una voluntaria les preguntó a qué venía ese apodo a lo que respondieron con silencio y miradas cómplices.
Estas personas eran verdaderamente incapaces, carecían de la más mínima preparación para tratar con niños, es más, carecían de sensibilidad y hasta de educación. Los llamaban por nombres lesivos: locos, negros, p.... Les mentían, los amenazaban, se burlaban de ellos, los sobremedicaban. Cambiaron su menú diseñado por una nutricionista por la “viandita” que traía el Gobierno de la Ciudad. Comida chatarra a veces en mal estado. Les ofrecían cigarrillos; insistían en que fumen, que se liberen de la tiranía de Felices los Niños, de los curas y las monjas.

EL PRIMER HÁBEAS CORPUS

La violencia contra los niños fue en aumento hasta que el día 8 de mayo, empeoró rápidamente al caer la noche.
Por algún motivo que desconocemos, la Juez ordenó que fuera desalojado TODO el personal de la Fundación y los voluntarios, incluso el personal “esencial”.
Este desalojo no fue pacífico, los voluntarios y educadores se negaban a abandonar a los niños en manos de estos rufianes. Fue necesario convocar a la policía para asegurar el desalojo del personal que todavía quedaba. Esa misma noche, les quitaron los celulares a varios niños y cortaron los teléfonos de la sección de Telemarketing. Cerraron las puertas luego de la expulsión del personal.
Desde las proximidades, seguimos con angustia las noticias de cada nueva expulsión, que anunciaba un panorama cada vez más grave. La policía había agredido a un niño que exigió explicaciones. Temimos lo peor. Visto en retrospectiva, tal vez esa noche iba a ser el asalto final, lo que ocurrió exactamente una semana después.
Ante la alarmante situación pretendimos realizar la denuncia. Me dirigí con diez testigos al Juzgado Penal de turno para que la Justicia tome intervención. El Juzgado de turno se negó a tomar la denuncia: “sólo recibimos Hábeas Corpus”.
El Hábeas Corpus...
Un profesor de la facultad decía que el Hábeas Corpus comparte una característica con el Espíritu Santo, se sabe que existe pero no se puede definir. No se puede decir qué es un Hábeas Corpus. Una acción? Un recurso? Una demanda? Los doctrinarios no se ponen de acuerdo. Se refiere a la petición ante un Juez para que intervenga cuando la libertad ambulatoria de un individuo se encuentra restringida. Se aplica tanto a las personas detenidas ilegítimamente como a las que, detenidas legítimamente por un Juez, se les agrava ilegalmente las condiciones de detención. El ejemplo de manual: un preso, detenido por un juez en un penal, al que se lo confina en una celda de castigo.
-“Sólo aceptamos Hábeas Corpus”, me contestaron en el Juzgado de turno.
-“Pero yo necesito hacer una denuncia penal esta noche y necesito que intervenga un Juez”.
-“Vaya a la comisaría de la zona”.
-“La policía también es denunciada”.
-“Vaya a otra comisaría”,
Le respondo con incredulidad, “Qué policía me va a tomar una denuncia contra un colega?”.
-“Vaya a gendarmería a realizar la denuncia”.
Fue inútil discutir con esa persona que sólo aceptaba Hábeas Corpus como talismán contra los molestos que querían denunciar un viernes por la noche.
-“Si quieren un Hábeas Corpus, eso van a tener” le anuncié.
Allí descubrió que había caído en su propia trampa. Intentó convencerme de que un Hogar de Niños no es una cárcel y que los menores no están privados de su libertad.
-“O sea, que si a un preso le quitan la televisión como castigo, ustedes aceptan un Hábeas Corpus pero si a un chico le quitan la enfermera, que espere al lunes”.
-“Yo no hago las leyes”.
Me cansé de discutir, le aseguré que volvería con un Hábeas Corpus más tarde, y que si lo quería tirar a la basura, que lo hiciera, que si un chico era lastimado ese fin de semana, iba a ser su responsabilidad.
Presenté el Hábeas Corpus ante el Juz. Penal de Instrucción Nº 36. No pretendía sentar jurisprudencia, sólo proteger a los chicos esa noche.
La inmediata comunicación telefónica del Juzgado con la comisaría de la zona y de ésta con el Hogar en poder del Consejo, tuvo su efecto instantáneo. Lo que se estuviera gestando, se detuvo.
Al día siguiente, una comisión dirigida por el Juez Pablo Ormaechea, titular del Juzgado Penal de Instrucción Nº 37 allanó el Hogar.
El Hábeas Corpus había sido rechazado por la Juez de turno pero enviado en consulta a la Cámara de Apelaciones, ésta entendió la gravedad de los hechos que se denunciaban y lo convirtió -conforme su potestad de reencuadrar las acciones- en un amparo. Tampoco la Cámara quiso hacer historia pero se negó a mantenerse al margen, estando en peligro la seguridad de niños de corta edad.
Luego, lo cursó al Juez del siguiente turno, el Dr. Pablo Ormaechea quien realizó una minuciosa investigación.
El Juez Ormaechea se presentó con seis personas más, funcionarios judiciales, que realizaron filmaciones y sacaron fotos del Hogar y de los niños. Le tomó declaración a los niños y a todos los testigos propuestos y otros que se acercaron voluntariamente a declarar sobre los abusos del Consejo.
Los testigos declararon cuestiones aberrantes, que a los niños se los drogaba para vencer su resistencia a abandonar el Hogar, se los insultaba, se burlaban de ellos y de su angustia. Que los intimidaban realizando “razzias” durante la noche, despertándolos con una linterna directa a los ojos, en búsqueda de teléfonos celulares. Se los amenazaba con separar a los hermanos si no aceptaban voluntariamente el desalojo. Declararon que los chicos más grandes dejaron de ir al colegio por temor a que se lleven a sus hermanitos más chicos cuando no estaban. Que eso les pasó a las hermanas F. Estas tres niñas fueron de las que más sufrieron el acoso, la presión psicológica y hasta la agresión física. Su hermanito G.F. fue llevado del Hogar en un descuido de éstas y pasaron varias semanas antes de que los voluntarios pudieran averiguar su paradero. Hoy sabemos que se encuentra en Uribelarrea, en un Hogar inadecuado para un niño como él, porque tiene apenas un retraso madurativo leve, que estaba a punto de revertirse con el amor y la paciencia de sus hermanas y hoy se encuentra sumido en la desesperación y el aislamiento. Los testigos declararon que a otros los engañaban diciéndoles que iban a ver un Hogar, sólo a ver si les gustaba y ya no volvían. Luego supieron que los dejaban contra su voluntad.
El Hábeas Corpus sólo detuvo por unos días la violencia que se ya se había decretado, como herramienta del desalojo.

OTRAS ACCIONES LEGALES Y RECURSOS.

Mientras tanto los abogados, los de la Fundación y los de los niños, intentamos toda clase de recursos legales.
El expediente que dio inicio al desalojo era la Protección Especial del niño D.M. en trámite por ante el Juzgado 106 de la Dra. Rustan de Estrada. Este expediente se encontraba virtualmente secuestrado como ya hemos dicho, nadie podía ni puede compulsarlo. Fue iniciado de una manera poco clara, mediante denuncia ante el Asesor de turno y no sorteando Juez, con lo cual se manipuló, voluntaria o involuntariamente, el principio de Juez natural. Esta juez impedía que los que pretendíamos proteger a los niños pudiéramos acceder a él, a los dictámenes de peritos, a los testimonios de los niños, a los informes del Consejo. No es posible defenderse de las acusaciones que no se conocen.
Todos nuestros escritos presentados en el expediente eran separados de él. La Dra. Rustan de Estrada tiene antecedentes de realizar acciones de este tipo, lo que ya le valió una denuncia ante el Consejo de la Magistratura. La Juez tenía el completo control del expediente y de lo que allí podía existir o persistir. Todos nuestros escritos eran rechazados, no sólo rechazados, separados (desglosados), no había manera de que nuestras denuncias de malos tratos permanecieran en autos. La Juez, aseguraba desconocer estos malos tratos, ignorándolos convenientemente pues ordenaba el desglose de nuestros escritos.
Fueron varias las presentaciones que distintos abogados intentamos en el expediente. Por mi parte como patrocinante de tres niños mayores de dieciséis años pidiendo ser oídos (a lo que la Juez no accedió) presenté un pedido de audiencia. También me presenté como patrocinante de la madre de una niña alojada en el Hogar, que había sido drogada y trasladada inerme, a una comunidad terapéutica para alcohólicos y drogadictos. La niña huyó de la comunidad e intentó re-ingresar al Hogar San José Obrero, lo que las autoridades del Consejo no le permitieron hacer, denunciándola ante la comisaría de la zona. Por ello, la niña anduvo deambulando por la vía pública varias semanas. También presenté un recurso de hecho por denegación de justicia, por falta de proveimiento a las presentaciones mías, de los niños y de la madre de la niña mencionada.
Los abogados de la Fundación, además de realizar un escrito de “presentación” (así se llama técnicamente), solicitaron ser tenidos por parte y ofrecieron prueba –incluyendo el control con peritos de parte. Esta presentación fue rechazada (y desglosada) por la Juez Rustan en términos desconocidos, porque a los abogados no se les permitía compulsar el expediente para conocer los fundamentos del rechazo. Sólo se enteraron de que la juez no tenía como parte al Hogar porque algún empleado de mesa de entradas lo comunicaba informalmente y porque les fue devuelto a los abogados, el escrito desglosado.
El Hogar San José Obrero, junto con sus autoridades, habían sido denunciados por cargos que hasta hoy desconocemos (o conocemos indirectamente por la sentencia del Consejo de la Magistratura), se le había quitado el control del Hogar, se había desalojado a su personal, se impedía que ejerciera cualquier acción en defensa de los niños que tenía bajo su custodia, niños que habían sido enviados por sus jueces naturales, no por el Consejo o la Juez Rustan, hasta se les prohibió el acercamiento a menos de cien metros. A la directora Nancy Silva, ni siquiera se le permitió recoger sus efectos personales, los que quedaron en la oficina de la dirección hasta mucho tiempo después de su expulsión. A pesar de todo esto, el Hogar no era tenido por parte.
Si hiciéramos un paralelismo, es como si por una denuncia de un vecino, un papá y una mamá fueran investigados por un Juez por abusos contra sus hijos, fueran expulsados de su casa, personas extrañas vinieran a vivir con sus hijos, usando sus instalaciones como si fueran propias, maltratando a sus niños, amenazándolos, drogándolos dentro del hogar de la familia, desalojando a los niños con rumbo desconocido, mediante engaños o drogas y los padres no fueran considerados “parte” por lo que no pueden ejercer su derecho de defensa. Los padres de estos niños deben seguir pagando la luz, el gas, el teléfono de estas personas que usurparon su casa pero no pueden entrar, ni siquiera se les permite sacar sus efectos personales. Estos papás nunca sabrán de qué los acusaron ni pueden contestar a esas acusaciones. Sólo una campana fue oída. Todo esto con la sospecha, de que fue elegido el juez por algún motivo particular de enemistad o interés en el resultado.
Cuando la presentación del Hogar fue rechazada, los abogados de la Fundación presentaron un “per saltum”.
El “per saltum” es una construcción “pretoriana” de la Corte Suprema de Justicia, lo que significa que no nace de una Ley del Congreso sino de la doctrina y la jurisprudencia de la Corte, basada principalmente en el caso “Dromi”.
Este recurso implica que ante un incidente que involucre gravedad institucional, se pueden saltar instancias anteriores, primera, segunda y llegar directamente a la Corte Suprema de Justicia. Los abogados de la Fundación, intentaron saltear la primera instancia e ir a la segunda, entendiendo que el problema se solucionaría salteando sólo a la Juez Rustan.
Los abogados involucrados en este asunto hemos tenido que agudizar nuestro ingenio y revisar nuestras notas de la facultad para desempolvar recursos que nunca antes habíamos tenido que utilizar.
Luego de ello, los letrados de la Fundación Felices los Niños insistieron yendo a la Cámara mediante un recurso de hecho, también conocido como “en queja”.
Cuando a una parte le rechazan una petición, tiene derecho de apelar, lo que significa, solicitar que un juez de jerarquía superior –la Cámara- revise el fallo discutido. El mismo juez que dictó el fallo discutido (en este caso la Dra. Rustan) es el que debe conceder el recurso pero la Juez no lo concedió.
En esta situación se habilita la “queja”; aquél al que le rechazan hasta la posibilidad de apelar, tiene derecho a pasar por encima de la autoridad del juez que le rechaza ese derecho, y “quejarse” ante la Cámara de Apelaciones. Esto hicieron los letrados Ricardo Muro y Ricardo Barrios, de la Fundación Felices los Niños.
Por mi parte, intenté otro recurso distinto, el recurso de “queja por denegación de justicia”. Es parecido pero en este caso la queja no es por denegación de apelación, es por falta de respuesta a los escritos presentados. La Juez Rustan no me denegó una petición, directamente no me contestó, lo que es una falta grave en un Juez.
Por otro lado, las abogadas de la Fundación, Alejandra Rodríguez y Andrea Novello, realizaron presentaciones judiciales ante todos los jueces naturales de los niños, explicando la situación. Ninguno apoyó la decisión del desalojo e incluso algunos se opusieron a éste. Por ejemplo el Titular del Juzgado Nº4 de San Martín (el de DM) decretó una medida de no innovar. Los hermanos M. no podían ser desalojados porque su juez natural no lo autorizaba.

EL ASALTO FINAL.

Mientras se debatían todas estas presentaciones judiciales, en el Hogar las cosas iban de mal en peor. Los niños desaparecían todos los días, como la peste, todos los días se llevaban a uno. Primero fueron los más chiquitos y los que tenían discapacidades, porque no podían defenderse. Los que podían defenderse lo hacían enérgicamente, incluso, físicamente. Utilizaban engaños: a GF lo tentaron con ir a ver autos, que le fascinaban, en un descuido de sus hermanas. A la hermana de DM, S. le dijeron que iba a ver un Hogar, y que luego irían sus hermanos. Era un Hogar de niñas, sus hermanos nunca fueron. Hasta el día de hoy, ella y sus dos hermanos siguen separados y no se han vuelto a ver, ni siquiera de visita.
Los niños que quedaban en el Hogar, no la pasaron mejor. Luego de la investigación del Juez Ormaechea, el Consejo retomó el control. El plazo para el desalojo expiraba el día 15 de mayo, por lo que el ataque final contra los niños se materializó ese día.
Pasado el mediodía, un grupo de personas del Consejo acompañados por la policía, llevó a los niños a un extremo del patio con la excusa de que iban a ser revisados por médicos. Los niños acataron con docilidad, desconociendo las verdaderas intenciones.
Con tácticas antimotines, la policía se repartió de a un agente cada dos niños, cercando principalmente a los más grandes. Grandes de cuerpo porque los dos o tres mayores tenían dieciséis y diecisiete años. El resto, entre ocho y quince años, corrían aterrados escapando de los golpes.
Un policía pisó contra un charco de agua en el suelo a BD, una niña alta, delgada, que sueña con ser modelo. Golpeó salvajemente a AC, un niño de dieciséis años que salió en defensa de los más chicos. Tomó de los cabellos a una de las hermanas F. y la arrastró por una escalera, cuando intentaba escapar hacia el piso superior del Hogar. Pese a los golpes, AC filmó las agresiones contra los niños con una cámara prestada, que luego fueron repetidas por toda la prensa que no integraba el grupo Clarín.
Los levantaron en andas y pretendieron subirlos a los autos del Consejo, lo que los niños no permitieron porque pelearon y patalearon resueltamente, a pesar de los golpes.
Cuando la policía entendió que no cederían, el Comisario Inspector Ricardo Pedace, encargado del operativo, lo canceló. Le comunicó a la Juez por teléfono que sólo desmayados por los golpes iban a poder sacarlos de allí. La jueza gritaba descontroladamente, gritaba tanto, que algunos testigos que se hallaban ocasionalmente junto al comisario, escucharon lo que le decía por teléfono “usted tiene orden de reprimir, hágalo!”. El comisario le contestó que no reprimía delincuentes, menos iba a hacerlo con chicos. La Juez fuera de sí seguía gritando “le ordeno que reprima, de lo contrario le voy a hacer un sumario!”.
El comisario le contestó “yo con usted no hablo, señora” y le cortó la comunicación. La Juez lo seguía llamando y el comisario le seguía cortando el teléfono hasta que lo apagó.
Todo esto ocurrió desde las 15 hs. del día 15 de mayo de 2009.
Desde afuera, se escuchaban los gritos de los niños pidiendo socorro. Los voluntarios, desesperados, tocaron timbres de los vecinos del Hogar pidiendo ayuda. Los vecinos salieron a la calle indignados. Alguien llamó al periodismo, varios canales de televisión se apostaron junto a las dos puertas del Hogar.
Personal del Consejo les exhibió la orden de restricción de acercamiento de la Juez Rustan, mandándoles que se alejaran cien metros. Los periodistas le contestaron con dignidad, “la constitución ampara nuestro derecho a informar, de aquí no nos movemos”.
Con la cobertura del periodismo, más personas se acercaron al Hogar, por lo que se convocó a la Guardia de Infantería para controlar a la multitud.
En un descuido de la gente, mientras discutía con personal del Consejo y al amparo de la Guardia de Infantería, sacaron por la otra puerta a DM, el niño por el que se originó el desalojo y su hermano MM. Los llevaron engañados en un taxi, con la ayuda ingenua de un encargado del Hogar. Como los niños estaban aterrados por los sucesos del día, el encargado, Gastón Rodriguez, se ofreció a acompañarlos al nuevo Hogar sólo a verlo, pero con la promesa de que volverían si a los niños no les gustaba.
Cuando llegaron al nuevo Hogar, Gastón fue golpeado y encerrado en una habitación. Luego de separarlo de los niños, personal del Consejo llamó a la policía acusando a Gastón de presentarse espontáneamente en el Hogar para causar desmanes. Horas más tarde, Gastón Rodríguez interpuso una denuncia por privación ilegítima de la libertad y lesiones.
Las personas reunidas alrededor del Hogar eran simples ciudadanos que acudieron indignados, en auxilio de los niños. Se interpusieron en el camino de las camionetas y los taxis que pretendían el traslado. Desde afuera, desconocíamos el estado de los niños, no sabíamos si seguían pegándoles, no sabíamos casi nada de lo que ocurría en el interior.

DOS NUEVOS HÁBEAS CORPUS. LA INTERVENCION DE RAMOS PADILLA.

Durante esta gresca se interpusieron dos nuevos Hábeas Corpus, uno tuvo origen en un diputado de la provincia de San Luis, el Dr. Luis Coutiño –que se encontraba presente entre los manifestantes enojados- y el otro fue interpuesto por la directora del Hogar, Nancy Silva. Este último recurso fue elaborado por la apoderada de la Fundación, Alejandra Rodríguez. También estos Hábeas Corpus fueron rechazados pero el último –como ocurrió la primera vez- provocó que la Cámara de Apelaciones instruyera una investigación. Esta orden recayó en el Juez Juan María Ramos Padilla, titular del Juzgado Penal de Instrucción Nº 24.
El Juez Ramos Padilla, llegó bastante profundo en la indagación principalmente sobre la actuación de la Juez y el Asesor de menores. En garantía su derecho de defensa (derecho que nunca tuvo el Hogar San José ni la Fundación Felices los Niños) le comunicó a la Juez Rustan y al Asesor Jalil que se estaba investigando su desempeño durante el desalojo, y que los ponía en conocimiento de las actuaciones para que hicieran su descargo. La Juez tenía derecho a compulsar las actuaciones.
Rustan de Estrada le realizó una denuncia a Ramos Padilla ante el Consejo de la Magistratura, alegando que la investigación penal entorpecía el expediente de Protección Especial de DM, niño que ya había sido desalojado. De paso, también denunció al Juez Ormaechea por su anterior investigación.
Alegó, que el Juez Ramos Padilla actuaba defendiendo los intereses de la Fundación Felices los Niños y de su Fundador, el Padre Julio Cesar Grassi.
Nada más injusto ni alejado de la realidad.
El Juez Ramos Padilla tuvo activa participación desde sus orígenes en la Fundación Abuelas de Plaza de Mayo, siendo abogado patrocinante de su Fundadora, Chicha Mariani. No podría haber más distancia entre el Padre Julio Cesar Grassi y la Fundación Abuelas de Plaza de Mayo. Es difícil para los tiranos entender que existan personas que actúen por pura justicia y no movidas por intereses mezquinos. Resultó incómodo para la Juez Rustán, explicar porqué un colega la investigó y hasta la imputó de crímenes contra niños en el desempeño de su cargo de Juez de Familia. Cualquier excusa le resultó oportuna pero ésta, en particular, es ridícula.
El Juez J. Ramos Padilla, hombre de pocas pulgas, contesta en un tono casi jocoso, las imputaciones de la Juez. Dice que no le compró pizzas a los niños pero que no se habría negado, por cuestiones de humanidad, a comprarles alimentos. Dice, también, que no le pareció necesario regañar a niños de corta edad por llamarlo Juan, en lugar de Su Señoría.
Frente a los graves hechos que se le imputan a la Juez, ella lo acusa de confraternizar con los niños. Un papelón. Ella, en más de medio año de intervenir en el proceso de protección especial, jamás conoció personalmente el Hogar o a un sólo niño.
Ambas denuncias fueron rechazadas por el Consejo de la Magistratura: tanto la denuncia contra el Juez Ormaechea como la denuncia contra el Juez Ramos Padilla.
En el caso del Juez Ormaechea, es muy claro que éste actuó por orden de la Cámara (Sala II), la que lo instruyó para que realizara una investigación sobre los hechos de violencia contra los niños. Si la Juez tuviera algo que objetar, debería denunciar a la Cámara, no al Juez.
Dice el Consejo de la Magistratura: “... Dentro de este marco de situación, la Sala II de dicho Tribunal, resuelve disponer una serie de medidas a realizarse en el Hogar San José Obrero, a fin de aclarar los dichos de la Dra. Palomas Alarcón. En estas circunstancias es que interviene el Dr. Pablo Raúl Ormaechea, a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción Nº 37, ya que ese día, dicho tribunal se encontraba de turno, y al ser recibidas las actuaciones, el citado magistrado dispuso dar cumplimiento a los puntos ordenados por los jueces integrantes de la Sala II de la Cámara...” “...En este sentido el magistrado sólo respetó y
dio cumplimiento a las medidas sugeridas por la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, en virtud de considerarlas legítimas y ajustadas a derecho...



Por otro lado, en el caso del Juez Ramos Padilla, el Consejo de la Magistratura ni siquiera menciona las absurdas imputaciones sobre confraternidad con los niños o defensa de los intereses de la Fundación Felices los Niños. Se concentra en las cuestiones técnicas de la acusación.
En ese sentido, la Juez Rustan dice que el Juez Ramos Padilla excede el marco de la acusación fiscal.
Explica que aunque el fiscal sostiene que existieron delitos, ella no fue acusada por el fiscal pero el Consejo de la Magistratura contesta que independientemente de ello, el Juez Ramos Padilla no se excedió en su función, que él tiene la facultad de encontrar culpables fuera de los que acusa el fiscal.
Por otro lado, la Dra. Rustan acusa al Juez Ramos Padilla de notificarle que está siendo investigada; entiende que esta notificación es una forma de abuso de poder.

Responde el Consejo de la Magistratura: “...En definitiva, constituye el ejercicio de una potestad instructoria del juez a cargo de la investigación, mediante la cual habilitó a quién entendió imputada en el legajo a ejercer su derecho de defensa...”

Es irónico que Rustan se moleste con Ramos Padilla por darle la oportunidad de compulsar las actuaciones para que ejerza su derecho de defensa –derecho que ella no le concedió a Felices los Niños- o sólo habrá sido una estrategia de intimidación contra el magistrado?
Como fuera, Ramos Padilla no es un Juez fácil de intimidar; frecuentemente ha declarado que se aburre en su Juzgado de Instrucción. Años atrás, fue Juez con competencia Federal, a cargo gravísimas investigaciones de narcotráfico y piratas del asfalto.
La Justicia en algunas cosas es lenta, en otras, demasiado veloz. Para cuando las acciones interpuestas por los abogados de la Fundación y de los niños fueron analizadas en la Cámara de Apelaciones, ya los niños habían sido desalojados. La cuestión se volvió abstracta, lo que significa que no hay un caso concreto sobre el que se debe fallar, el caso dejó de existir con el desalojo.
Nuestros recursos iban por la escalera mientras la medida cautelar subía por el ascensor, parafraseando a un ex-Presidente de la Nación.
La naturaleza misma de una medida cautelar es la expedición, la velocidad con la que se resuelve para tutelar valores y bienes irrecuperables. Por su naturaleza expedita es que tiene autorización para saltearse algunas garantías.

“VINE PORQUE TE EXTRAÑABA...SEÑO”

Los hermanos M. fueron separados y nunca más se volvieron a ver. El mayor de los M: MM, deambulando con su hermanito D por varios hogares, se escapó varias veces en su intento por llegar a Hurlingham, a un oasis de afecto que no tuvo en ningún otro Hogar luego de San José Obrero. Por escaparse fue enviado a un Hogar para niños que delinquen.
D. se quedó solo, sin su hermana a la que se llevaron primero, sin su hermano mayor al que separaron de él por ser una “mala influencia”.
El día 22 de octubre de 2009, en medio de una inclemente tormenta, D.M., hoy de nueve años, llegó al Hogar Don Bosco de Felices los Niños en Hurlingham, descalzo, mojado como un pollito. Nadie sabe como llegó desde San Martín a Hurlingham pero cuando llamaron a Nancy Silva a la entrada del hogar se encontró con DM: “Vine porque te extrañaba...seño”. Irónicamente, el niño por cuya “Protección” se ordenó el desalojo, venció toda clase de obstáculos para volver a la Fundación Felices los Niños.
El resto de los niños, está en distintas situaciones. Todos los grupos de hermanos fueron separados, todos han perdido sus tarjetas con historial médico, muchos han perdido sus documentos que ni la juez ni el Consejo les han devuelto, muchos han perdido su año escolar. Llevaría otras tantas páginas describir lo que han perdido los niños que fueron desalojados, lo que se puede decir es que luego del desalojo, ninguno está igual ni mejor, algunos están muy mal, otros están menos mal pero todos están peor que en San José Obrero.
Los voluntarios se reparten como pueden; recorren desde una punta a otra de Capital y Provincia de Buenos Aires, intentando hacerles más tolerable sus nuevas vidas, que se comuniquen con sus hermanos, que retomen su escolaridad, que se rearmen sus historias clínicas, que recuperen sus fotos, sus documentos, su historia.

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